Pago de las contribuciones

¿Qué son las contribuciones y como se si debo pagarlas?

 

Las contribuciones son impuestos territoriales que deben pagar aquellas personas dueñas de propiedades bienes raíces. Son administradas por la tesorería general de la república y en parte se destinan para realizar mejoras en las comunas (en plazas, veredas, luminarias) y otra parte para un fondo administrado por la misma tesorería.

 

¿Cómo sé si mi propiedad está afectada por el pago de contribuciones?

 

Las propiedades habitacionales cuyo avalúo fiscal sea inferior a $47.360.490 están exentas del pago de contribuciones. Si el avalúo de la propiedad habitacional, excede al valor exento, se debe calcular sólo de la diferencia que exista entre el valor exento y el valor fiscal para determinar el valor afecto.

 

Ejemplo de propiedad exenta:

 

Valor fiscal de la propiedad $42.540.000 = Propiedad exenta del pago de contribuciones.

 

Ejemplo de la propiedad afecta:

 

Valor fiscal de la propiedad $64.730.000  

Avalúo exento en la actualidad $47.360.490

Diferencia entre el avalúo y el valor exento= $64.730.000 – $47.360.490= $17.369.510

Quiere decir, que sobre esa diferencia se debe calcular el pago de las contribuciones.

 

¿Cuándo debo pagar las contribuciones?

 

Se cancelan 4 veces al año.

  • El 30 de abril
  • El 30 de junio
  • El 30 de septiembre
  • El 30 de noviembre

 

Para saber si se tienen pagos pendientes de contribuciones, se debe ingresar a la página web de la tesorería general de la república, con el rol de la propiedad y se busca la situación tributaria de la misma.

 

¿Qué pasa si no pago las contribuciones?

El no pago de las contribuciones, es causal para que se inicie un juicio de remate de la propiedad o embargo al propietario, el máximo plazo para pagar es de 2 años y esto genera intereses. 

 

Observaciones:

 

Si compras propiedades cuyo avalúo sea menor a $42.540.000, la propiedad estará exenta de pagar contribuciones.

 

Si compras propiedades con el beneficio del DFL 2, tendrás descuento del 50% en el pago de contribuciones.

 

Si compras estacionamientos de uso y goce (estacionamientos en piso 1 sin techo) están exentos de pagarlas.

 

Recuerda, no es comprar por comprar, saber elegir y tener conocimientos es la diferencia de una inversión menos o más rentable.