Diferencia entre un usuario DEUDOR, CODEUDOR Y AVAL
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Este punto se ha convertido ultimadamente en una interrogante constante dentro de nuestros seguidores, es por esta razón que el equipo de evaluaciones y servicios financieros de la empresa desarrollará mediante este articulo la diferencia entre deudor, codeudor y aval a la hora de gestionar tu crédito hipotecario.
Hoy en día es muy común a la hora de solicitar algún tipo de crédito, el requerimiento de aval o codeudores, usando las instituciones financieras la garantía personal con mucha frecuencia, a parte de la hipoteca sobre el bien; antes de avanzar, contextualicemos las definiciones de cada uno de estos términos:
- Deudor principal: Es la figura solicitante de un crédito, responsable de todas las obligaciones contraídas en el contrato de financiamiento con el acreedor (institución de financiamiento).
- Codeudor: Conocido en algunas instituciones financieras como complemento, esta figura comparte la misma responsabilidad y obligaciones del deudor principal, puede o no ser solicitante de la deuda y cuenta con dominio sobre el bien o propiedad.
- Aval: Es una garantía que usan las instituciones financieras para respaldar las solicitudes de financiamientos a corto, mediano y largo plazo, la finalidad de esta figura es poder asumir el pago cuando el cliente solicitante no cumpla con esta responsabilidad, solo tiene implicaciones si llegase a existir impagos del crédito.
Cabe señalar que para los efectos de solicitud de un crédito hipotecario, el cliente solicitante o deudor principal debe tener un perfil bancario adecuado para dicha solicitud de financiamiento, en cuanto al codeudor o complemento, dependerá de la institución de financiamiento si exige que esta segunda figura tenga que tener perfil para el otorgamiento del crédito hipotecario, es por ello que no se generaliza en al contextualización de los términos, que cumpla con los requisitos del deudor principal, dependerá de las políticas de crédito que tenga la institución solicitante. Con respecto al usuario aval, este si debe contar con un perfil bancario acorde a la solicitud que se realiza debido que esta última figura descrita será el usuario responsable en el caso que existiesen impagos del crédito.
Con respectos a las implicaciones legales de los usuarios deudor, codeudor y aval, los dos primeros, cuentas con las mismas obligaciones sobre el bien o propiedad, debido que se reflejan en igualdad de condiciones en la escritura de la misma, por lo consiguiente ante cualquier eventualidad con el financiamiento o acciones del bien, tendrá las misma implicaciones judiciales; Ahora bien, el aval, tiene responsabilidad legal solo cuando el deudor o codeudor no hayan realizado el pago de los compromisos pactados a tiempo, en este caso la institución financiera solicitará al aval el pago de las misma, sin embargo se hace importante destacar en este punto que aunque el aval realice pagos vencidos o en mora de la propiedad, no cuenta con ninguna facultad de propietario en la misma.
Las vinculaciones que existen entre las figuras deudor y codeudor, no necesariamente tienen que ser consanguíneas en ningún grado o maritales, esta es otra de las dudas que generan nuestros clientes a la hora de querer usar estas figuras, si bien es cierto que hay instituciones financieras que solicitan documentación que respalde el lazo de unión entre el usuario deudor y codeudor, con el fin de darle mayor respaldo al crédito hipotecario o bien también hay algunas que forman parte de los requisitos, no es determinante o vinculante en otras instituciones a la hora de solicitar dicho crédito. Lo importante es destacar que este usuario que se determine como codeudor tendrá las mismas responsabilidades sobre el bien que se pretende adquirir y ante el sistema financiera se registrará la deuda de ambos de igual manera.
Las responsabilidades asumidas entre codeudor y aval, se terminan cuando se culmine el contrato de financiamiento y ya no existan saldos pendientes por pagar, de esa manera estas dos figuras se liberan de responsabilidades.
Entones, la pregunta que nos harán ahora será ¿y cuál es la figura que más recomiendan? ¿codeudor o aval? Son figuras totalmente diferentes y por lo consiguiente no existe una mejor que otra, dependerá de la finalidad que quieras para cada una de ellas y también lo que el banco te solicite como perfil, ten presente que en materia de gestión de crédito hipotecario se tienen que evaluar caso a caso, aunque existen muchas recomendaciones generalizadas en esta materia no existe una formula igual para todos.