Cómo me protege las cláusulas de resciliación de promesa de compraventa
Cuando iniciamos un proceso de inversión de propiedades de entrega a futuro, debemos considerar que, durante el tiempo del pago del pie en cuotas del inmueble promesado, pueden ocurrir escenarios adversos que impidan que el perfil no pueda gestionar la solicitud del préstamo hipotecario y por ende no recibir la propiedad comprada; lo cual, podría traducirse en pérdida de dinero si no contamos con cláusulas que nos respalden durante esta transacción en la promesa de compraventa.
Las cláusulas de resciliación son todas aquellas donde en un contrato de compraventa en la que participan dos partes una compradora y la otra vendedora, puedan extinguir, cerrar o dar término a un contrato sin penalidad o multa.
Los escenarios más comunes que aceptan las inmobiliarias para aplicar a esta cláusula, y en la que el comprador pueda terminar el contrato sin ningún perjuicio económico o judicial son la cesantía, enfermedad grave y fallecimiento.
Una vez ocurrido un escenario de los descritos, el comprador o los familiares según sea el caso, deben presentar los antecedentes exigidos por el contrato, para que así la inmobiliaria de término a la promesa y posterior devolución de los montos de dinero pagados por concepto de pie en cuotas.
Es por ello que es muy importante evaluar la cláusula de resciliación y en cual circunstancia podemos activar dicha cláusula. Como complemento en todas las inmobiliarias en Chile, las cláusulas de resciliación son distintas las condiciones para su activación, así como también los gastos administrativos que te cobran por devolución del dinero pagado del pie.
En Rila Inversiones, recomendamos analizar estas cláusulas antes de firmar la promesa de compra, para que estés informado como futuro inversionista en bienes raíces, ante cualquier circunstancia que ocurra durante el pago del pie y así minimizar el riesgo de pérdida de dinero, al momento de realizar la inversión.