5 cláusulas más abusivas y comunes de los contratos de arriendos.
Recordando que los contratos de arriendo son un contrato de acuerdo entre las partes y que si bien es legalizado ante notario e incluso puede ser inscrito como escritura pública, sus cláusulas siempre deben ser de común acuerdo, así que en este artículo te vamos a dar las cinco cláusula a las que debes prestar mayor atención, evitar y negociar.
Multa por término anticipado de contrato de arriendo
Es totalmente ilegal y abusivo que en una cláusula se establezca que si deseas poner fin al contrato antes de su cumplimiento que normalmente son 12 meses, tengas que pagar la totalidad del contrato, es decir, que si tú finalizas el contrato a los seis meses de vigencia estés obligado a pagar los seis meses restantes aún sin vivirlo, esto es totalmente injusto, pues en el mercado esa persona no va a tener seis meses de vacancia su departamento, apenas tú lo desalojes se lo arrendara a otra persona, en cambio tú si vas a tener que pagar esos seis meses de arriendo en donde vayas a vivir, lo más adecuado es que la multa sea que pierdes el derecho de restitución de garantía.
Prohibiciones de mascotas en un alquiler
La tenencia de mascotas es un derechos de libertad de cada individuo, ningún propietario debería prohibirte estas libertades sólo por vivir en su inmueble, lo que sí debería hacerse es tener cláusulas especiales como por ejemplo la de la obligación de cumplimiento de la ley de tenencia responsable de mascotas y animales domésticos dentro del domicilio.
Reajuste del valor de arriendo
Por ley en Chile los reajustes de arriendo se hacen según el índice de precios al consumidor, cualquier parámetro que se establezca diferente a este que represente un aumento arbitrario del valor de arriendo es totalmente abusivo, como por ejemplo, establecer que se aumentará según precio de mercado, pues deja una amplia libertad al dueño de seleccionar cuál publicación, incluso las más costosas y fuera de mercado, como parámetro de selección del nuevo valor.
Respecto a las prohibiciones
Se entiende que procurando la durabilidad de la unidad se prohíban las modificaciones y perforaciones en los muros del inmueble pues pueden afectar la garantía del mismo, pero son totalmente abusivas las prohibiciones como por ejemplo, de recibir visitas en ciertos horarios, de algún tipo de decoración en específico, de colocación de mallas protectoras, pues estaría violando la seguridad del arrendatario, y todas aquellas prohibiciones que limiten la libertad son totalmente abusivas y arbitrarias.
Respecto a las obligaciones
Si bien es cierto que el arrendatario está obligado a pagar las cuentas de consumo de la unidad que está viviendo, como lo son electricidad, agua potable, Internet, es totalmente abusivo imputarle al arrendatario el pago del derecho de aseo y el pago de contribuciones, pues ambas representan un impuesto municipal y territorial inherente a la propiedad, es decir, que le corresponde únicamente al dueño no al arrendatario.
Estas son algunas de las cláusulas más comunes que se ven en el mercado, que más que abusivas pueden ir en contra de los derechos del arrendatario, pero nunca está de más que busques ayuda profesional antes de la firma de cualquier contrato que puedan ayudarte a identificar cláusulas un poco más sutiles que también estarían afectándote a largo plazo.